MARPOL

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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI), a través del comité de protección del medio marino, en su 74º periodo de sesiones (13 al 17 de mayo del 2019), relativo a las "ORIENTACIONES SOBRE LA SUPERVISIÓN POR EL ESTADO RECTOR DE PUERTO DE LAS MEDIDAS PARA CONTINGENCIAS RELATIVAS AL FUELOIL NO REGLAMENTARIO", la cual tiene como finalidad de que en caso el fueloil no cumpla lo prescrito debería haber comunicación entre el buque y el Estado rector de puerto. El buque y el Estado rector del puerto deberían examinar las medidas de contingencias aplicables según sea posible.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI), a través del Comité de Protección del Medio Marino, en su 75º periodo de sesiones (16 al 20 de noviembre del 2020}, relativo a "DIRECTRICES DE 2020 RELATIVAS AL MUESTREO A BORDO DEL FUELOIL DESTINADO A UTILIZARSE O TRANSPORTARSE PARA SU UTILIZACION A BORDO DE UN BUQUE", la cual tiene como propósito establecer y estandarizar un método para el muestreo de los tanques de fueloil transportado o utilizado por un buque, garantizando la seguridad del personal y del buque y sin ocasionar demoras innecesarias a la embarcación.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Protección del Medio Marino en su 74º período de sesiones (13 al 17 de mayo del 2019), relativo al "PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR LAS REPERCUSIONES DE LAS POSIBLES MEDIDAS EN LOS ESTADOS", el cual tiene como objetivo reducir las emisiones de Gases de Efecto Invernadero rocedentes de los buques (GEi).


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por ta Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Protección del Medio Marino en su 76!! período de sesiones (10 a 17 de junio de 2021), relativo a "ORIENTACIONES SOBRE LAS MEJORES PRACTICAS PARA LOS ESTADOS MIEMBROS/ ESTADOS RIBEREÑOS", la cual tiene como objetivo prestar asistencia a los Estados Miembros para que puedan ejercer sus responsabilidades en virtud del Anexo VI de! Convenio MARPOL, a fin de garantizar la implantación y aplicación eficaces de las prescripciones reglamentarias de dicho anexo.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Prot ección del Medio Marino en su 76ª período de sesiones (10 a 17 de junio de 2021), relativo a "INTERPRETACIONES UNIFICADAS DEL ANEXO VI DEL CONVENIO MARPOL", la cual tiene como objetivo de que los Estados Miembros de la Organización puedan esforzarse por entender perfectamente sus obligaciones y responsabilidades como Estados Parte, Estados de Abanderamiento, Estados Rectores de Puertos y Estados Ribereños y comunicar cuidadosamente esas obligaciones a los buques que operan bajo su autoridad así como a los proveedores de fueloil ubicados en sus jurisdicciones.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por 1a Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Protección del Medio Marino en su 76º período de sesiones de fecha 10 al 17 de junio del 2021, relativo a "INTERPRETACIONES UNIFICADAS DEL CÓDIGO TÉCNICO SOBRE LOS NOx 2008, ENMENDADO", la que tiene como propósito clarificar el alcance de las directrices establecidas en el Código Técnico NOx, dirigido a reducir la contaminación atmosférica producida por los buques, en el marco de lo establecido en el Anexo VI del Convenio MARPOL.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Protección del Medio Marino en su periodo de sesiones (13 al 17 de mayo del 2019) relativo a "ORIENTACIONES SOBRE LAS MEJORES PRÁCTICAS PARA LOS ESTADOS MIEMBROS/ESTADOS RIBEREÑOS", la cual tiene como propósito prestar asistencia a los Estados Miembros para que puedan ejercer sus responsabilidades en virtud del anexo VI del Convenio MARPOL, a fin de garantizar la implantación y la aplicación eficaces de las prescripciones reglamentarias de dicho Anexo.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Protección del Medio Marino en su 745! período de sesiones (13 a 17 de mayo de 2019), relativo a "ORIENTACIONES SOBRE LA INDICACION DEL CUMPLIMIENTO EN CURSO EN CASO DE FALLO DE UN SOLO INSTRUMENTO DE VIGILANCIA, Y MEDIDAS CUYA ADOPCION SE RECOMIENDA EN CASO QUE EL SISTEMA DE LIMPIEZA DE LOS GASES DE ESCAPE (SLGE) NO CUMPLA LAS DISPOSICIONES DE LAS DIRECTICES DE 2015 SOBRE SISTEMAS DE LIMPIEZA DE LOS GASES DE ESCAPE (SLGE) RESOLUCION MEPC. 259(68)", la cual tiene como propósito que después comprobarse un fallo del Sistema de Limpieza de los Gases de Escape (SLGE), el buque debería tomar medidas lo antes posible para identificarlo y repararlo.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Seguridad Marítima en su 102º período de sesiones (04 al 11 de noviembre del 2020), relativo al "MARCO RECOMENDADO DE PROTOCOLOS DEL SECTOR PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LOS CAMBIOS V LOS VIAJES DE LAS TRIPULACIONES DE LOS BUQUES DURANTE LA PANDEMIA DE CORONAVIRUS (COVID-19}", la cual tiene como objetivo establecer medidas y procedimientos generales que deben aplicar los Gobiernos y todas las partes interesadas para facilitar los cambios de tripulación de los buques en condiciones de seguridad durante la pandemia de COVID-19.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional {OMI), a través del Comité de Protección del Medio Marino en su 76º periodo de sesiones (10 al 17 de junio de 2021), relativo a "CUADROS DE REFERENCIAS CRUZADAS DE LAS ENMIENDAS AL ANEXO VI DEL CONVENIO MARPOL (ANEXO VI REVISADO DE 2021 DEL CONVENIO MARPOL", con el objetivo de impulsar la correcta implantación e implementación del Anexo VI, que refleja cambios constantes considerando el avance tecnológico y las necesidades derivadas de la situación ambiental actual, sobre la que influye el sector marítimo, con especial énfasis en la contaminación atmosférica, el calentamiento global y el cambio climático, en general.


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