Convenios Internacionales

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Título

Circular DGMM 001-2019

Requisitos para la Aprobación de una Organización Reconocida/ Organización de Protección Reconocida (ORJOPR). Requirements for the Appointment of Recognized Organizations and Recognized Protectíon Organízations. (ROIRSO)
Edición No.1
Año: 2019
Fuente: DGMM
Formato: PDF

Circular DGMM 001-2019


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por el Convenio Consultivo de la Organización Marítima Internacional (OMI) a través de la Asamblea, en su 31° período de sesiones, relativo a DIRECTRICES PARA EFECTUAR RECONOCIMIENTOS DE CONFORMIDAD CON EL SISTEMA ARMONIZADO DE RECONOCIMIENTOS Y CERTIFICACION (SARC), 2019¡ La cual tiene como propósito mejorar la implantación de los Convenios e Instrumentos Internacionales Marítimos, para garantiz.Jr que las reglas se implanten y cumplan de forma efectiva, eficaz y sistemática.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Seguridad Marítima en su 85º período de sesiones, relativo a NOTAS EXPLICATIVAS REVISADAS DE LAS REGLAS SOBRE COMPARTIMENTADO Y ESTABILIDAD CON AVERIA DEL CAPITULO 11-1 DEL CONVENIO SOLAS; La cual tiene como propósito garantizar coherencia con las Partes B y B-1, con respecto a la integridad estanca de los buques.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Seguridad Marítima en su 91 º período de sesiones, relativo a ENMIENDAS ADOPTADAS EL 4 DE DICIEMBRE DE 2013 AL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE LINEAS DE CARGA, 1966; La cual tiene como propósito de conferir carácter obligatorio la utilización del Código 111, así mismo se añadieron nuevas definiciones posterior a la definición 12, así como un nuevo Anexo IV, contentivo de la Regla 53 y Regla 54.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Seguridad MJrítima en su 101ª período de sesiones (14 de junio de 2019),relativo a ENMIENDAS AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR (CONVENIO SOLAS), 1974, ENMENDADO relacionado al "INVENTARIO DEL EQUIPO DE SEGURIDAD PARA BUQUE DE CARGA" y el "INVENTARIO DEL EQUIPO DE SEGURIDAD PARA BUQUE DE PASAJE"; Las cuales tienen como propósito la adopción general de normas tan elevadas como resulte factible en cuestiones relacionadas con la Seguridad Marítima, la eficiencia de la navegación y la prevención y contención de la contaminación del mar ocasionada por los buques.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Seguridad Marítima en su 97° período de sesiones, de fecha 21 al 25 de noviembre de 2016, relativo a la IMPLANTACION TEMPRANA VOLUNTARIA DE LAS ENMIENDAS A LAS REGLAS 11-2/1 Y 11-2/10 DEL CONVENIO SOLAS, ADOPTADAS MEDIANTE LA RESOLUCION MSC.409 (97) DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 2016, la que tiene como propósito la seguridad marítima, al llevar a cabo las actividades de supervisión por el Estado Rector de Puerto y las Organizaciones Reconocidas.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Seguridad Marítima en su 101ª período de sesiones (5 a 14 de junio de 2019), relativo a las "INTERPRETACIONES UNIFICADAS DEL CAPITULO III DEL CONVENIO SOLAS"; Las cuales tienen como propósito proporcionar orientaciones más específicas de las reglas 111/20.11, 111/22.1.1 y 111/32.1.l del Convenio SOLAS.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Seguridad Marítima en su 95ª período de sesiones (5 de junio de 2015), relativo a "ENMIENDAS A LA PARTE B DEL CODIGO INTERNACIONAL DE ESTABILIDAD SIN AVERIA, 2008 (CODIGO IS 2008)"; las cuales tienen como propósito incluir disposiciones sobre la acumulación de hielo en los buques de carga que trasportan madera cargas en cubierta en el Código IS de 2008.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Seguridad Marítima, en su 96º periodo de sesiones, relativo a las ENMIENDAS Al CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR, 1974, ENMENDADO; La cual tiene como propósito destacar temas de más relevancia y con más influencia desde el punto de vista de seguridad, como el mantenimiento, examen minucioso, pruebas operacionales, revisión y reparación de botes salvavidas, dispositivos de puesta a flote y aparejos de suelta, por lo es de gran importancia para aumentar las medidas de seguridad de los Dispositivos de Salvamento.


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