Circulares

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To inform shipowners, operators, and representatives of the maritime sector about the importance of conducting compliance tests for the Long-Range Identification and Tracking (LRIT) system as soon as possible. They are instructed to operate the LRIT navigation equipment with authorized communication service providers and to follow the regulations established by the General Directorate of the Merchant Marine of Honduras. Only ships with an LRIT certificate will be able to register in the Data Center, and the approved company for conducting these tests and issuing certificates of compliance is detailed.


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Título

Circular PMM-DG 005-2018

Notificar a las personas e instituciones involucradas en actividades marítimas que la Dirección General de la Marina Mercante, como Autoridad Marítima Nacional de Honduras, es responsable de regular y autorizar todas las actividades marítimas que se realicen en aguas jurisdiccionales hondureñas. Esto incluye la construcción de muelles, actividades de exploración y explotación marina, manejo de hidrocarburos, entre otras. El incumplimiento de estas normativas dará lugar a sanciones conforme a la ley y convenios internacionales.
Edición No.5
Año: 2018
Fuente: AD
Formato: PDF

Circular PMM-DG 005-2018


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Comunicar a los actores del sector marítimo (armadores, operadores, arrendatarios, entre otros) las disposiciones del Acuerdo DGMM No. 03-2018. Estas incluyen la emisión y renovación de Certificados de Navegabilidad para embarcaciones nacionales, su validez, inspecciones obligatorias, sanciones por incumplimiento, y los requisitos específicos para embarcaciones mayores de cinco toneladas que naveguen en aguas de Honduras. El objetivo es garantizar que las embarcaciones cumplan con las normas de seguridad marítima y los plazos estipulados para operar legalmente.


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La Dirección General de la Marina Mercante informa a las personas naturales y jurídicas involucradas en actividades turísticas, recreativas y comerciales en la Cuenca del Lago de Yojoa, así como a representantes legales, oficiales de Capitanías de Puerto, personal de la Dirección y entidades gubernamentales y no gubernamentales relacionadas con el ámbito marítimo, que a partir de la fecha toda construcción, ampliación o reparación de muelles, así como la instalación de estructuras sobre el lago, requerirá la previa autorización de esta Autoridad Marítima. El incumplimiento de esta normativa será sujeto de sanciones conforme a la Ley Orgánica de la Marina Mercante y los convenios internacionales en vigor para Honduras.


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