Circulares Informativas

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La Dirección General de la Marina Mercante notifica a propietarios de buques, armadores, representantes legales, organizaciones reconocidas y proveedores de combustible sobre la obligatoriedad de cumplir con las regulaciones del Anexo VI del Convenio MARPOL, relacionadas con la reducción de la contaminación atmosférica. Los buques deben utilizar combustible con un contenido de azufre no mayor al 0.50%, o contar con sistemas equivalentes de reducción de emisiones. La normativa se aplicará estrictamente desde el 1 de enero de 2020, con procedimientos específicos para zonas de control de emisiones y verificación mediante notas de entrega de combustible.


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Título

Circular DGMM 001-2019

Requisitos para la Aprobación de una Organización Reconocida/ Organización de Protección Reconocida (ORJOPR). Requirements for the Appointment of Recognized Organizations and Recognized Protectíon Organízations. (ROIRSO)
Edición No.1
Año: 2019
Fuente: DGMM
Formato: PDF

Circular DGMM 001-2019


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Título

Enmienda-No.-1-Licitación

Licitación Pública No. LPN-001/2019 para la adquisición de equipo e instalación del Centro de Fusión de la Oficina de Análisis y Control Marítimo en Honduras.
Edición No.1
Año: 2019
Fuente: AD
Formato: PDF

Enmienda-No.-1-Licitación


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Informar sobre las medidas temporales que implementa la Dirección General de la Marina Mercante en respuesta a la pandemia de COVID-19. Estas medidas buscan asegurar la continuidad del comercio marítimo mientras se protegen la salud pública y el medio ambiente, siguiendo las recomendaciones de la Organización Marítima Internacional (OMI) y el Plan de Contingencia Regional de Centroamérica y República Dominicana. La circular también detalla los procedimientos para la emisión de patentes de navegación y aclara que estas disposiciones pueden ser modificadas según las directrices del gobierno y el Sistema Nacional de Riesgos (SINAGER).


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Notifica sobre la excepción de la prohibición temporal de descargar desechos de buques impuesta por la Resolución DGMM/076/2020 debido al COVID-19. La Dirección General de la Marina Mercante permite ahora la descarga de residuos de carga, siempre que se cumplan estrictamente las regulaciones del Reglamento Sanitario Internacional (RSI 2005) y las disposiciones de las autoridades competentes.


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Notifica a los propietarios, armadores, representantes, y entidades relacionadas con buques sobre la obligatoriedad de cumplir con los requerimientos técnicos establecidos en el Convenio MARPOL y el Acuerdo OGMM No. 000/2009. Estos incluyen la prevención de la contaminación por hidrocarburos en buques que navegan en aguas nacionales de Honduras, especificando certificaciones, planes de emergencia, registros de operaciones y equipos necesarios para el manejo de derrames.


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