Circulares SM

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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Seguridad Marítima en su 103!! periodo de sesiones del 5 al 14 de mayo del año 2021 relativo a la "IMPLANTACIÓN TEMPRANA VOLUNTARIA DE LAS ENMIENDAS AL CONVENIO SOLAS V AL CÓDIGO IDS ADOPTADAS MEDIANTE LAS RESOLUCIONES MSC.482(103), MSC.485(103), RESPECTIVAMENTE" la cual tiene como finalidad llevar a cabo actividades de supervisión por el Estado Rector de Puerto, los Gobiernos Contratantes deberán tener en cuenta la presente invitación y cualquier notificación posterior comunicada por otros Gobiernos a través de GISIS.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI), a través del Comité de Protección del Medio Marino, en su 74º periodo de sesiones (13 al 17 de mayo del 2019), relativo a "DECISIONES RELACIONADAS CON LAASIGNACION DE CATEGORIAS Y LA CLASIFICACJON DE PRODUCTOS", la cual tiene como finalidad de concluir todas las decisiones pertinentes adoptadas en relación con la asignación de prescripciones de transporte estipuladas en el Código CIQ mediante resoluciones MEPC.318(74) y MSC.460(101), aprobaron las "Decisiones relacionadas con la asignación de categorías y la clasificación de productos".


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Seguridad Marítima en su 102ª periodo de sesiones del 4 al 11 de noviembre del año 2020 relativo a "INTERPRETACIONES UNIFICADAS DEL CÓDIGO CIG (ENMENDADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN MSC.370(93))", la cual tiene como propósito minimizar los riesgos al máximo considerando el tipo de carga y la peligrosidad de los productos transportados.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI), a través del Comité de Seguridad Marítima, en su 102º período de sesiones (4 al 11 de noviembre del 2020), referente a las "DIRECTRICES RELATIVAS A LA ACEPTACION DE MATERIALES METÁLICOS ALTERNATIVOS PARA EL SERVICIO CRIOGENICO EN BUQUES QUE TRANSPORTEN GASES LICUADOS A GRANEL Y BUQUES QUE UTILICEN GASES U OTROS COMBUSTIBLES DE BAJO PUNTO DE INFLAMACIÓN", la cual tiene como finalidad reconocer la posible necesidad de utilizar materiales metálicos alternativos para la construcción y el funcionamiento en condiciones de seguridad de los buques con combustibles a bajas temperaturas y los buques para el transporte de cargas, y la necesidad de disponer de orientaciones al respecto.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI), a través del comité de Seguridad Marítima, en su 102º período de sesiones (4 al 11 de noviembre del 2020), relativo a las "INTERPRETACIONES UNIFICADAS DEL CAPITULO 11-2 DEL CONVENIO SOLAS", la cual tiene como finalidad tener actualizado el Convenio SOLAS y proporcionar más orientaciones especificas respecto a la regla 11-2/9 del Convenio SOLAS.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Subcomité de Navegación, Comunicaciones y Búsqueda y Salvamento {Subcomité NCSR) en su 3º período de sesiones (29 de febrero al 04 de marzo del 2016), relativo a el "PLAN GENERAL DE LAS INSTALACIONES EN TIERRA PARA EL SISTEMA MUNDIAL DE SOCORRO Y SEGURIDAD MARÍTIMOS (PLAN GENERAL DEL SMSSM).", el cual tiene como objetivo alertar rápidamente a las autoridades encargadas de búsqueda y salvamento, así como a otras embarcaciones que se encuentren realizando faenas o bien naveguen cerca del buque en emergencia, con la finalidad de cooperar en la operación de rescate a la brevedad posible.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por 1a Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Protección del Medio Marino en su 76º período de sesiones de fecha 10 al 17 de junio del 2021, relativo a "INTERPRETACIONES UNIFICADAS DEL CÓDIGO TÉCNICO SOBRE LOS NOx 2008, ENMENDADO", la que tiene como propósito clarificar el alcance de las directrices establecidas en el Código Técnico NOx, dirigido a reducir la contaminación atmosférica producida por los buques, en el marco de lo establecido en el Anexo VI del Convenio MARPOL.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través de Comité de Seguridad Marítima en su 102ª periodo de sesiones (4 al 11 del año 2020) relativo a las "DIRECTRICES PARA LA INSPECCIÓN Y EL MANTENIEINTO DEL EQUIPO DE AMARRE, INCLUIDOS LOS CABOS", la cual tiene como finalidad proporcionar recomendaciones y orientaciones para el mantenimiento y las inspecciones en servicio del equipo de amarre, incluidos los cabos y las rabizas, criterio para identificar loa cabos y las rabizas desgastados a fin de retirarlos de servicios antes de que fallen y criterios para seleccionar los cabos de amarre y las rabizas de sustitución.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI) a través del Comité de Protección del Medio Marino en su periodo de sesiones (13 al 17 de mayo del 2019) relativo a "ORIENTACIONES SOBRE LAS MEJORES PRÁCTICAS PARA LOS ESTADOS MIEMBROS/ESTADOS RIBEREÑOS", la cual tiene como propósito prestar asistencia a los Estados Miembros para que puedan ejercer sus responsabilidades en virtud del anexo VI del Convenio MARPOL, a fin de garantizar la implantación y la aplicación eficaces de las prescripciones reglamentarias de dicho Anexo.


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ADOPCIÓN de las Directrices emanadas por la Organización Marítima Internacional (OMI), a través del Subcomité de Implantación por el Estado de Abanderamiento en su 19º periodo de sesiones (21 al 25 de febrero del 2011}, relativo a los "INFORMES DE INVESTIGACIONES DE SEGURIDAD MARITIMA11, la cual tiene como finalidad de señalar las causas recurrentes y las situaciones identificadas mediante los "Análisis de accidentes y determinación de tendencias con relación a la integración de los prácticos en los equipos humanos de los puentes.


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